
Exención del IBI para los bienes destinados al culto y a la asistencia religiosa, reconocimiento de otras exenciones fiscales en impuestos estatales (impuesto de sociedades) y tributos locales (IAE y plusvalía, entre otros) lo cual conllevará la introducción de incentivos al mecenazgo como, por ejemplo, desgravaciones fiscales en el IRPF para quienes hagan donativos, etcétera. Un paso de gigante logrado gracias a la excelente gestión de la Unión Budista de España.